En este caso, nuestro cliente recurrió a tasar barcelona para ejecutar un archivo valoración de la equidad de la casa compartida con el exmarido hasta el momento del divorcio. Al momento de la liquidación del patrimonio comunitario, el juez reconoció el derecho a vivir en la casa hasta los 18 años de sus dos hijas menores de edad. Este hecho sucedió porque esta casa fue la residencia conyugal durante el matrimonio. Por su parte, el exmarido fue irrelevante al ignorar tanto a su ex esposa como a sus propias hijas.
Evaluación del hogar. Liquidación de bienes comunitarios.
La peculiaridad de este caso de liquidación de bienes comunitarios es precisamente esta la madre del ex marido reclamó la casa de la que era legítima propietaria. Le había dado la casa a la pareja después de la boda, pero ahora la quería de vuelta, alegando que no podía vivir en su residencia actual porque no tenía ascensor. Con este argumento entendió el juez le dio la razón y que en consecuencia nuestra clienta y sus hijas tuvieron que salir de la casa.
Sin embargo, el matrimonio terminó reformado la propiedad de su estructura original y, además, han llevado a cabo una ampliación casi el doble del tamaño original. Ella y su ex marido tenían derecho a recuperar la inversión realizada en él.
Nuestros técnicos realizaron una valoración completa del inmueble, con la dificultad añadida de que era necesario distinguir entre la estructura antigua y la nueva construcción (reforma y ampliación). En cambio, tuvieron que calcular el precio del sitio y el valor del edificio existente cuando la casa fue entregada a la pareja en el momento de la boda.
A partir de estos resultados, obtuvo el valor que la pareja invirtió en la propiedad, valor 152.740 €, indicó el dinero a repartir entre las dos partes de la propiedad comunitaria, lo que aseguró que nuestra clienta y sus dos hijas no se vieran en la calle sin nada.