En el artículo de hoy hablaremos sobre el tasaciones de hipotecas. Muchas veces nuestros clientes nos hacen preguntas como ¿qué necesito para la tasación de la hipoteca? ¿La casa alcanzará un valor de x? ¿Aceptará el banco mi evaluación? En este artículo te damos algunos detalles.
¿Qué documentos debo proporcionar para completar una tasación hipotecaria?
Como se indica en la Norma ECO (Normativa que rige las tasaciones), todas las tasaciones de hipotecas deben tener este anexo. actualización de nota única actual, es decir, no puede tener más de 3 meses.
Además, tienes que proporcionar la referencia catastral de la propiedad, con el fin de comparar información catastral y catastral.
Finalmente, como se indica en la norma ECO, el la visita de la propiedad es obligatoria para cualquier tasación hipotecaria, y esta visita debe ser realizada por un técnico competente.
- Ingeniero agrónomo o ingeniero técnico agrónomo en el caso de fincas rústicas
- Arquitecto o arquitecto técnico en el caso de viviendas, suelo urbano y naves industriales.
¿La casa alcanzará un cierto valor?
Esta es otra de las preguntas que más nos hacemos. En tasar barcelona, le recomendamos que realice una evaluación para una evaluación de mercado antes de proceder con la tasación de la hipoteca.
Creemos que comprar una casa es un gran negocio, por lo que conocer el valor de lo que está comprando de un técnico experimentado lo ayudará a conocer el precio de la casa que está a punto de comprar.
¿Es el mismo valor de mercado que el valor de la hipoteca?
Cuando se realizan una valoración de mercado y una valoración del valor neto de la vivienda, el valor no será el mismo, pero será similar. En estos casos, la valoración de mercado puede ayudarlo a estimar el valor de dicha vivienda y garantizar que podrá hacer frente a la transacción hipotecaria.
¿Aceptará el banco la tasación hipotecaria, realizada por una empresa ajena al banco?
Por último, queremos aclarar la pregunta que sin duda nos hacen la mayoría de los clientes.
Luego de los últimos cambios a la Ley Hipotecaria, que quedaron reflejados en el BOE del miércoles 15 de mayo de 2013, los prestamistas están obligados a aceptar cualquier tasación, SIEMPRE esta evaluación la realiza un organismo AUTORIZADO POR BANCO DE ESPAÑA.
Además, las entidades de crédito pueden realizar las comprobaciones correspondientes, siempre que estas comprobaciones no supongan costes para el cliente.
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